Tras la toma de la Bastilla (14 de julio de 1789) y la capitulación del rey Luis XVI, la Asamblea Constituyente, formaba por representantes del Estado llano, además de diputados de la nobleza y del clero, votó, la noche del 4 de agosto, la abolición de todos los privilegios, que puse término al régimen feudal en Francia. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aprobada poco después, es un texto histórico fundamental en el que se basaron todos los movimientos de ideas en materia de derechos humanos que surgieron posteriormente.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano / 1789
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, reclamada por el diputado del Daufiné Jean-Joseph Mounier y por La Fayette, héroe de la Guerra de Independencia norteamericana, la redactó el abate Sieyès y la aprobó la Asamblea Nacional Constituyente del 20 al 26 de agosto de 1789. Comprendía 17 artículos, que luego se debía incrementar, pues los votantes la consideraron incompleta.
El principio del primer artículo: "Los hombres nacen y permanecen libres y con iguales derechos", se incluyó casi literalmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. En este "Credo de la Nueva Era" (Michelet) se enuncian principios fundamentales de orden político: la soberanía nacional (art. 3), el sistema de gobierno representativo (art. 3), la primacía de la ley (9 artículos) y la separación de poderes (art. 16). Atribuye asimismo a los pueblos y a los individuos unos derechos que siguen siendo actuales: el derecho a la resistencia contra la opresión (art. 2), la presunción de inocencia (art. 9), la libertad de opinión y de religión (art. 10), la libertad de expresión (art. 11) y el derecho a la propiedad (art. 17).
En 1791, la escritora Olympe de Gouges redactó un proyecto de Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, que reformula, artículo por artículo, la Declaración de 1789, que ella consideraba demasiado sexista. Su autora fue guillotinada antes de conseguir que la aprobaran.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano del Año I / 1793
Tras el destronamiento del rey y la proclamación de la República, se anuló la Constitución de 1791. El 23 de junio de 1793, la Convención votó una nueva Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que encabezaba la nueva Constitución. Sus 35 artículos reproducen los principios de la Declaración de 1789, insistiendo en la igualdad, que menciona como el primero de los derechos naturales e imprescriptibles. Insiste asimismo en la noción de solidaridad y enuncia varios derechos nuevos, como son: el derecho a la asistencia (art. 21), el derecho al trabajo (arts. 17 y 21), el derecho a la instrucción (art. 22) y el derecho a la insurrección (art. 35). El artículo 18 ("Todo hombre puede comprometer sus servicios, su tiempo, pero él no puede venderse ni ser vendido") es la primera disposición establecida contra la esclavitud (sin llegar a mencionarla). Habría que esperar hasta el 1848 para que esta práctica fuera realmente abolida.
La Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano / 1795
Esta Declaración, más restrictiva que las dos precedentes, reemplazó a éstas en el encabezamiento de la nueva Constitución tras la caída de Robespierre. Su objetivo era restablecer el equilibrio entre los derechos y los deberes, roto por los excesos del Terror. Entre otras cosas, suprimió todos los nuevos derechos de la Declaración de 1793.
La Constitución de la Segunda República y la abolición de la esclavitud / 1848
Tras la Revolución de febrero de 1848, el Gobierno provisional redactó una nueva , que establecía el sufragio universal, abolía la pena de muerte por motivos políticos, reducía las horas de trabajo, introducía medidas sociales, garantizaba la libertad de enseñanza y la libertad de trabajo, reconocía el derecho de asociación y de petición y abolía la esclavitud en todo el territorio francés (incluidas las colonias).
La esclavitud perduraba en todas las colonias de países europeos e incluso en los Estados Unidos. Pese a la influencia de varios diputados (como La Fayette, Mirabeau y Condorcet), esta materia seguía reglamentada en las colonias francesas por el aterrador Código Negro, promulgado en 1687 por Colbert durante el reinado de Luis XIV. En 1789, la Asamblea Constituyente, bajo la presión de los diputados de las Antillas, rehusó abolirlo. En 1793 se prohibió, sin embargo, la trata de esclavos.
La insurrección de Santo Domingo, capitaneada por Toussaint Louverture (que, alcanzada la independencia, dio a la ex colonia francesa el nombre de Haití) tuvo como consecuencia una primera abolición de la esclavitud en 1794. Pero el Primer Cónsul Bonaparte (casado con una criolla) la restableció en 1802.
La abolición definitiva de la esclavitud en 1848 fue el resultado de la labor de Victor Schoelcher, presidente de la Comisión encargada de su preparación. Miembro del Gobierno, fue diputado por las Antillas antes de ser exiliado durante el Segundo Imperio por haberse opuesto al golpe de Estado de 1851. Tras la abdicación de Napoleón II, fue elegido diputado por La Martinica en 1871 y luego senador vitalicio, cargo que desempeñó hasta su muerte, ocurrida en 1893.